Cuba

Una identità in movimento


Declaración del Ministro Consejero de la Misión Permanente de Cuba en Ginebra (2007-03-03)

Jorge Ferrer


Declaración del Ministro Consejero de la Misión Permanente de Cuba en Ginebra, Sr. Jorge Ferrer,
en reunión informal del Grupo de Negociación de Acceso a los Mercados NO Agrícolas (NAMA)
durante la explicación por las delegaciones de la situación de cada
notificación sobre Obstáculos No Arancelarios al comercio.
Ginebra, 2 de marzo de 2007



Señor presidente:

    1. Cuba presentó en el mes de diciembre del año 2004 el documento TN/MA/W/46/Add.9, respondiendo a lo acordado en la Decisión del 1 de agosto de 2004, donde se alentaba a todos los miembros para que presentaran los obstáculos no arancelarios que afectaban su comercio y procedieran a identificar, examinar y clasificarlos por categoría y en último término a celebrar negociaciones sobre ellos.

    2. Algunos de los obstáculos notificados por Cuba en aquel momento se han resuelto de manera bilateral o simplemente ya no constituyen obstáculo alguno. Sin embargo, como se demuestra en los documentos TN/MA/W/71 del 12 de mayo de 2006 y TN/MA/W/82 del 17 de enero de 2007 persisten aún una serie de medidas que impiden a Cuba realizar su comercio con quien fuera su principal socio comercial por muchos años, hecho ese que fue determinante en la conformación de la estructura productiva y exportadora del país. Tales medidas afectan no solo a Cuba, sino también las importaciones y exportaciones de terceros países desde o hacia Cuba, e incluso, sus exportaciones hacia los EE.UU, si esta tienen algún contenido de origen cubano, debido a su marcado carácter extraterritorial.

    3. Basta citar un solo ejemplo elocuente de las afectaciones de terceros en su comercio de los EE.UU. en razón del bloqueo. Cuba es uno de los 5 primeros exportadores mundiales de níkel, mineral ampliamente utilizado en la industria de mecánica y de maquinarias. Ninguno de los países de de Norteamérica, Europa y Asia que importan níkel cubano puede exportar a la primera economía del mundo acero inoxidable, maquinarias o piezas producidas que contengan mineral importado de Cuba.

    4. La naturaleza de los obstáculos a nuestro comercio que suponen las medidas que aplica Estados Unidos contra Cuba, tienen una incidencia práctica y jurídica mayor que la de cualquier otro obstáculo que los exportadores cubanos o de cualquier país puedan enfrentar en otros mercados, puesto que en este caso los obstáculos son insuperables, lo cual impide permanentemente a Cuba exportar hacia ese país y obstaculiza ostensiblemente el comercio de Cuba con el resto del mundo.

    5. Por la cercanía geográfica, y las características del mercado de importación de los Estados Unidos, las pérdidas para Cuba son enormes. Como consecuencia del bloqueo, en el año 2005 las afectaciones al comercio exterior cubano sobrepasaron los 945 millones 320 mil dólares, cifra que marca un aumento de casi un 15% respecto al año anterior, y que en valores absolutos significa 122 millones 720 mil dólares más que la cifra registrada en el 2004.

    6. Si bien las mayores afectaciones en el 2005 se registraron por la imposibilidad de acceder al mercado de los Estados Unidos, con una incidencia negativa de 536 millones 790 mil dólares por este concepto — también las afectaciones financieras derivadas del alto riesgo adjudicado a Cuba por su condición de país bloqueado por los EE.UU., alcanzaron los 320 millones 765 mil dólares. El daño económico directo causado a Cuba por la aplicación del bloqueo, según calculus conservadores, supera los 86 mil 108 millones de dólares; un promedio de 1 832 millones de dólares anuales, casi equivalentes a las exportaciones de bienes anuales de Cuba de hace pocos años.

    7. Por ese motivo Cuba presentó en este Grupo de Negociación, que tiene el mandato de "eliminar los obstáculos no arancelarios al comercio, en particular respecto de los productos cuya exportación interesa a los países en desarrollo", esos dos documentos en los años 2006 y 2007, donde se demuestra, en el primero, la inconsistencia de todas las leyes y disposiciones que el gobierno de los Estados Unidos ha promulgado para impedir el comercio de Cuba con principios básicos de la Organización y con múltiples disposiciones de los Acuerdos que forman parte del Anexo I del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC, y en el segundo, las afectaciones que ocasiona esa política a muchos otros miembros que en en el año 2005, fueron al menos 38 países.

    8. Los obstáculos que Cuba y terceros países enfrentan en razón de las medidas unilaterales del bloqueo contra Cuba no son una cuestión bilateral, ni se pueden resolver por esa vía pues no existe la disposición del país que las ha impuesto para analizar su revocación.

    9. El gobierno de los Estados Unidos no tiene la más mínima voluntad de respetar los acuerdos de la OMC en el caso de Cuba, pues desde hace 45 años diseña y aplica una serie de leyes, regulaciones y medidas que son contrarias a las más elementales normas de comercio. Se trata de actos concientes, dirigidos a afectar económicamente a Cuba. Esta es la razón por la que mi país ha planteado ante este órgano esas medidas que van más allá de cualquier tipo de obstáculos que pueda enfrentar algún otro miembro y les pide que se pronuncien, tanto por la incompatibilidad de las medidas, que son a todas luces claras para todos, como porque se respete el derecho como miembro pleno de Cuba en esta organización y el del resto de los países que son afectados de manera directa e indirecta por la política unilateral de bloqueo de los Estados Unidos.

      Señor presidente:

    10. En estas circunstancia, no le queda a Cuba ninguna posibilidad de ver el tema bilateralmente, sino de reiterar su planteamiento y esperar a que los miembros que creen en que estamos construyendo un "sistema de comercio integrado, viable y duradero", que "eliminará el trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales", como se señala en el Acuerdo de Marrakech, sean consecuentes con la doctrina, y con la práctica de sus actos cuando el daño directo es hacia ellos.

    11. Cuba reitera, que se reserva la facultad de actuar en defensa de sus intereses y de sus derechos como miembro bajo las actuales anormales circunstancias que evidencian rotundamente que el sistema es imperfecto y no responde, ni funciona para todos por igual. Muchas gracias.



Página enviada por Azalia Arias González
(6 de marzo de 2007)


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